Marco legal de la recolección de setas silvestres en Andalucía


Nueva Ley de Montes en Andalucía: Guía práctica para buscar setas sin buscarse problemas

La llegada del otoño y las primeras lluvias despiertan en Andalucía una de las tradiciones más arraigadas: la recolección de setas silvestres. Sin embargo, la afición a la micología ya no solo depende del clima, sino también de conocer las reglas del juego. Con la entrada en vigor de la Ley 3/2026, de 13 de marzo, de Montes de Andalucía, el marco legal se ha actualizado para proteger nuestros bosques y garantizar un aprovechamiento sostenible.

Si eres de los que disfruta perdiéndose en la naturaleza con la cesta a cuestas, en este artículo resumimos de forma sencilla dónde puedes recolectar y qué debes tener en cuenta según el tipo de terreno.

El principio básico: las setas tienen dueño

Lo primero que debemos quitar de nuestra cabeza es la vieja idea de que lo que nace en el campo de forma espontánea es de todos. La nueva ley andaluza lo deja muy claro: las setas y hongos pertenecen al titular del terreno en el que crecen. Esto significa que la recolección siempre está sujeta a la propiedad de la tierra, ya sea de manos privadas o de una administración pública.

¿Qué pasa si el terreno es propiedad privada?

Si tienes el ojo puesto en un pinar o un encinar privado, la norma es tajante: necesitas la autorización expresa del propietario.

  • Terrenos no vallados: Que una finca no tenga vallas o muros no significa que sea de libre acceso. Entrar a recolectar setas sin permiso sigue siendo una infracción.
  • Cotos micológicos: Muchas fincas privadas están reguladas bajo la figura de cotos. Si ves carteles que prohíben la recolección o indican que es un aprovechamiento reservado, ni lo intentes. Recoger setas allí sin el consentimiento del dueño puede acarrear importantes sanciones económicas.

Montes públicos: ¿de la Junta o del Ayuntamiento?

En los montes públicos la situación cambia, pero tampoco hay barra libre. Aquí debemos distinguir quién gestiona el terreno:

  1. Montes gestionados por la Junta de Andalucía: Por lo general, la Junta permite la recolección para autoconsumo (pequeñas cantidades para el día, normalmente limitadas a unos pocos kilos por persona) de forma gratuita, siempre que no haya una regulación específica en esa zona o se trate de un espacio protegido con restricciones estrictas.
  2. Montes comunales o de Ayuntamientos: Muchos municipios regulan sus propios montes mediante ordenanzas locales. En estos casos, suelen emitir permisos de recolección (vecinales o para foráneos) a precios muy accesibles. Estos permisos dividen la actividad entre recreativa (autoconsumo) y comercial. Antes de salir al monte, una llamada rápida al ayuntamiento de la zona te evitará un buen susto.

Buenas prácticas que dicta la ley (y el sentido común)

Más allá de los papeles y permisos, la Ley 3/2026 busca cuidar el micelio (la parte subterránea del hongo) para que sigan saliendo setas en el futuro. Por ello, recuerda siempre:

  • Usa cesta de mimbre o similar: Está prohibido usar bolsas de plástico. Las cestas permiten que las esporas caigan al suelo mientras caminas, sembrando el bosque para el año que viene.
  • Corta, no arranques: Utiliza una navaja para cortar el pie de la seta por la base, o extráela con cuidado sin remover la tierra circundante. Está prohibido usar rastrillos o herramientas que destruyan el suelo forestal.
  • Solo lo que conozcas: No destruyas las setas que no conozcas o las que sean venenosas; todas cumplen una función vital en el ecosistema.

Disfrutar de la micología en Andalucía de forma legal y sostenible está en manos de todos. ¡Prepara tu cesta, respeta la propiedad y disfruta del monte!